INSUFICIENCIA Y RELATIVIDAD DE LOS CÓDIGOS DE ÉTICA PROFESIONAL.
CÓDIGO INTERNACIONAL DE ÉTICA PERIODÍSTICA DE LA UNESCO.
DODECÁLOGO DE DEBERES DEL PERIODISTA.
CÓDIGO DE ÉTICA DEL COLEGIO DE PERIODISTAS DEL PERÚ.
• Un Código de Ética Profesional es un conjunto más o menos escueto o exhaustivo de normas morales establecidas por un colectivo profesional (un colegio profesional, el propio medio, una federación, una asociación, un círculo etc.) para la autodisciplina o autocontrol de sus miembros en el ejercicio de su profesión.
• En muchos medios puede encontrarse este Código con su nombre o en un Manual de Estilo. Puede llamarse de distintas maneras: Código de Ética, Código de Honor, Declaración de Deberes y Derechos, Código de Conducta, Declaración de Principios, Código de Práctica, Reglas de Conducta, Marco Ético, Principios Rectores…
• Lo importante es reconocer en el Periodismo que no pueden ser el Estado (el gobierno) o el Derecho (la norma, la ley), los que determinen cómo ha de ser el uso responsable de los medios de comunicación.
• Se trata entonces de que haya una autorregulación, como compromiso asumido –libre y voluntariamente– por los propios profesionales y empresarios, quienes se dictan los mecanismos de autorregulación.
• ¿Sirve muy poco o no sirve para nada la autorregulación? No tengamos prejuicios (pre-juicios) para afirmar categóricamente que eso es así.
• La autorregulación puede (y debe) contribuir aunque sea en algo a mejorar el mundo de la comunicación social. Peor es que te impongan una regulación por parte de un gobierno o que se dicte una ley que violaría no solo la libertad de expresión sino también la libertad de conciencia.
• Además, se justifica la autorregulación en la medida en que los medios de comunicación social cada vez tienen mayor protagonismo.
• Igualmente, la autorregulación constituye la forma más eficaz y menos peligrosa de supervisar la conducta ética en el ámbito periodístico.
• Adoptar un código deontológico supone el compromiso profesional de llevar a cabo una actividad de acuerdo con pautas y criterios morales: lo que acrecienta el prestigio de una profesión.
• También el compromiso con la ética profesional permite discriminar entre quienes trabajan verdaderamente por los bienes y fines propios de esa profesión y quienes solo la utilizan para obtener un rendimiento económico.
• Podría argumentarse que incluso los códigos creados y aceptados voluntariamente conllevan una restricción de la libertad personal. Pero esto es tener una concepción errónea de lo que es la libertad. ¿Qué es la Libertad?
• La Libertad no es un vivir sin normas, sino vivir (y mejor convivir), vivir –repito– de acuerdo con normas que cada uno se da, compatibles –además– con las normas y la libertad de los demás.
• Debe tenerse en cuenta que los códigos no agotan de ninguna manera el ámbito de la autorregulación. Por debajo de los códigos está siempre la conciencia moral del profesional.
• Por encima de los códigos debe estar también la conciencia moral colectiva de la comunicación, que se manifiesta en la opinión pública.
• Es cierto que los códigos no resuelven por sí solos todos los problemas éticos de la comunicación. Pero no son inútiles. Muy por el contrario. Lo que hay que hacer es complementarlos con nuevos mecanismos que completen su labor de autorregulación. Hay que ir más allá de los códigos, pero ciertamente pasando por ellos, señala Hugo Aznar en su obra Comunicación Responsable, Deontología y Autorregulación de los Medios.
CÓDIGO INTERNACIONAL DE ÉTICA PERIODÍSTICA DE LA UNESCO.
DODECÁLOGO DE DEBERES DEL PERIODISTA.
CÓDIGO DE ÉTICA DEL COLEGIO DE PERIODISTAS DEL PERÚ.
• Un Código de Ética Profesional es un conjunto más o menos escueto o exhaustivo de normas morales establecidas por un colectivo profesional (un colegio profesional, el propio medio, una federación, una asociación, un círculo etc.) para la autodisciplina o autocontrol de sus miembros en el ejercicio de su profesión.
• En muchos medios puede encontrarse este Código con su nombre o en un Manual de Estilo. Puede llamarse de distintas maneras: Código de Ética, Código de Honor, Declaración de Deberes y Derechos, Código de Conducta, Declaración de Principios, Código de Práctica, Reglas de Conducta, Marco Ético, Principios Rectores…
• Lo importante es reconocer en el Periodismo que no pueden ser el Estado (el gobierno) o el Derecho (la norma, la ley), los que determinen cómo ha de ser el uso responsable de los medios de comunicación.
• Se trata entonces de que haya una autorregulación, como compromiso asumido –libre y voluntariamente– por los propios profesionales y empresarios, quienes se dictan los mecanismos de autorregulación.
• ¿Sirve muy poco o no sirve para nada la autorregulación? No tengamos prejuicios (pre-juicios) para afirmar categóricamente que eso es así.
• La autorregulación puede (y debe) contribuir aunque sea en algo a mejorar el mundo de la comunicación social. Peor es que te impongan una regulación por parte de un gobierno o que se dicte una ley que violaría no solo la libertad de expresión sino también la libertad de conciencia.
• Además, se justifica la autorregulación en la medida en que los medios de comunicación social cada vez tienen mayor protagonismo.
• Igualmente, la autorregulación constituye la forma más eficaz y menos peligrosa de supervisar la conducta ética en el ámbito periodístico.
• Adoptar un código deontológico supone el compromiso profesional de llevar a cabo una actividad de acuerdo con pautas y criterios morales: lo que acrecienta el prestigio de una profesión.
• También el compromiso con la ética profesional permite discriminar entre quienes trabajan verdaderamente por los bienes y fines propios de esa profesión y quienes solo la utilizan para obtener un rendimiento económico.
• Podría argumentarse que incluso los códigos creados y aceptados voluntariamente conllevan una restricción de la libertad personal. Pero esto es tener una concepción errónea de lo que es la libertad. ¿Qué es la Libertad?
• La Libertad no es un vivir sin normas, sino vivir (y mejor convivir), vivir –repito– de acuerdo con normas que cada uno se da, compatibles –además– con las normas y la libertad de los demás.
• Debe tenerse en cuenta que los códigos no agotan de ninguna manera el ámbito de la autorregulación. Por debajo de los códigos está siempre la conciencia moral del profesional.
• Por encima de los códigos debe estar también la conciencia moral colectiva de la comunicación, que se manifiesta en la opinión pública.
• Es cierto que los códigos no resuelven por sí solos todos los problemas éticos de la comunicación. Pero no son inútiles. Muy por el contrario. Lo que hay que hacer es complementarlos con nuevos mecanismos que completen su labor de autorregulación. Hay que ir más allá de los códigos, pero ciertamente pasando por ellos, señala Hugo Aznar en su obra Comunicación Responsable, Deontología y Autorregulación de los Medios.
Código Internacional de Ética Periodística de la UNESCO
Conclusiones del Fourth Consultative Meeting of International and Regional Organizations of Journalists, realizado en París el 20 de noviembre de 1983. Participaron: International Organization of Journalists (IOJ), International Federation of Journalists (IFJ), International Catholic Union of the Press (UCIP), Latin-American Federation of Journalists (FELAP), Latin-American Federation of Press Workers (FELATRAP), Union of African Journalists (UJA), Confederation of ASEAN Journalists (CAJ).
La UNESCO es el único organismo de las Naciones Unidas que tiene el mandato de defender la libertad de expresión y la libertad de prensa.
1.- El derecho del pueblo a una información verídica:
El pueblo y las personas tienen el derecho a recibir una imagen objetiva de la realidad por medio de una información precisa y completa, y de expresarse libremente a través de los diversos medios de difusión de la cultura y la comunicación.
2.- Adhesión del periodista a la realidad objetiva:
La tarea primordial del periodista es la de servir el derecho a una información verídica y auténtica por la adhesión honesta a la realidad objetiva, situando conscientemente los hechos en su contexto adecuado.
3.- La responsabilidad social del periodista:
En el periodismo, la información se comprende como un bien social, y no como un simple producto. Esto significa que el periodista comparte la responsabilidad de la información transmitida. El periodista es, por tanto, responsable no sólo frente a los que dominan los medios de comunicación, sino, en último énfasis, frente al gran público, tomando en cuenta la diversidad de los intereses sociales.
4.- La integridad profesional del periodista:
El papel social del periodista exige el que la profesión mantenga un alto nivel de integridad. Esto incluye el derecho del periodista a abstenerse de trabajar en contra de sus convicciones o de revelar sus fuentes de información, y también el derecho de participar en la toma de decisiones en los medios de comunicación en que esté empleado.
5.- Acceso y participación del público:
El carácter de la profesión exige, por otra parte, que el periodista favorezca el acceso del público a la información y la participación del público en los medios, lo cual incluye la obligación de la corrección o la rectificación y el derecho de respuesta.
6.- Respeto de la vida privada y de la dignidad del hombre:
El respeto del derecho de las personas a la vida privada y a la dignidad humana, en conformidad con las disposiciones del derecho internacional y nacional que conciernen a la protección de los derechos y a la reputación del otro, así como las leyes sobre la difamación, la calumnia, la injuria y la insinuación maliciosa, hacen parte integrante de las normas profesionales del periodista.
7.- Respeto del interés público:
Por lo mismo, las normas profesionales del periodista prescriben el respeto total de la comunidad nacional, de sus instituciones democráticas y de la moral pública.
8.- Respeto de los valores universales y la diversidad de las culturas:
El verdadero periodista defiende los valores universales del humanismo, en particular la paz, la democracia, los derechos del hombre, el progreso social y la liberación nacional, y respetando el carácter distintivo, el valor y la dignidad de cada cultura, así como el derecho de cada pueblo a escoger libremente y desarrollar sus sistemas políticos, social, económico o cultural. El periodista participa también activamente en las transformaciones sociales orientadas hacia una mejora democrática de la sociedad y contribuye, por el diálogo, a establecer un clima de confianza en las relaciones internacionales, de forma que favorezca en todo la paz y a justicia, la distensión, el desarme y el desarrollo nacional.
9.- La eliminación de la guerra y otras grandes plagas a las que la humanidad está confrontada:
El compromiso ético por los valores universales del humanismo previene al periodista contra toda forma de apología o de incitación favorable a las guerras de agresión y la carrera armamentística, especialmente con armas nucleares, y a todas las otras formas de violencia, de odio o de discriminación, especialmente el racismo.
Conclusiones del Fourth Consultative Meeting of International and Regional Organizations of Journalists, realizado en París el 20 de noviembre de 1983. Participaron: International Organization of Journalists (IOJ), International Federation of Journalists (IFJ), International Catholic Union of the Press (UCIP), Latin-American Federation of Journalists (FELAP), Latin-American Federation of Press Workers (FELATRAP), Union of African Journalists (UJA), Confederation of ASEAN Journalists (CAJ).
La UNESCO es el único organismo de las Naciones Unidas que tiene el mandato de defender la libertad de expresión y la libertad de prensa.
1.- El derecho del pueblo a una información verídica:
El pueblo y las personas tienen el derecho a recibir una imagen objetiva de la realidad por medio de una información precisa y completa, y de expresarse libremente a través de los diversos medios de difusión de la cultura y la comunicación.
2.- Adhesión del periodista a la realidad objetiva:
La tarea primordial del periodista es la de servir el derecho a una información verídica y auténtica por la adhesión honesta a la realidad objetiva, situando conscientemente los hechos en su contexto adecuado.
3.- La responsabilidad social del periodista:
En el periodismo, la información se comprende como un bien social, y no como un simple producto. Esto significa que el periodista comparte la responsabilidad de la información transmitida. El periodista es, por tanto, responsable no sólo frente a los que dominan los medios de comunicación, sino, en último énfasis, frente al gran público, tomando en cuenta la diversidad de los intereses sociales.
4.- La integridad profesional del periodista:
El papel social del periodista exige el que la profesión mantenga un alto nivel de integridad. Esto incluye el derecho del periodista a abstenerse de trabajar en contra de sus convicciones o de revelar sus fuentes de información, y también el derecho de participar en la toma de decisiones en los medios de comunicación en que esté empleado.
5.- Acceso y participación del público:
El carácter de la profesión exige, por otra parte, que el periodista favorezca el acceso del público a la información y la participación del público en los medios, lo cual incluye la obligación de la corrección o la rectificación y el derecho de respuesta.
6.- Respeto de la vida privada y de la dignidad del hombre:
El respeto del derecho de las personas a la vida privada y a la dignidad humana, en conformidad con las disposiciones del derecho internacional y nacional que conciernen a la protección de los derechos y a la reputación del otro, así como las leyes sobre la difamación, la calumnia, la injuria y la insinuación maliciosa, hacen parte integrante de las normas profesionales del periodista.
7.- Respeto del interés público:
Por lo mismo, las normas profesionales del periodista prescriben el respeto total de la comunidad nacional, de sus instituciones democráticas y de la moral pública.
8.- Respeto de los valores universales y la diversidad de las culturas:
El verdadero periodista defiende los valores universales del humanismo, en particular la paz, la democracia, los derechos del hombre, el progreso social y la liberación nacional, y respetando el carácter distintivo, el valor y la dignidad de cada cultura, así como el derecho de cada pueblo a escoger libremente y desarrollar sus sistemas políticos, social, económico o cultural. El periodista participa también activamente en las transformaciones sociales orientadas hacia una mejora democrática de la sociedad y contribuye, por el diálogo, a establecer un clima de confianza en las relaciones internacionales, de forma que favorezca en todo la paz y a justicia, la distensión, el desarme y el desarrollo nacional.
9.- La eliminación de la guerra y otras grandes plagas a las que la humanidad está confrontada:
El compromiso ético por los valores universales del humanismo previene al periodista contra toda forma de apología o de incitación favorable a las guerras de agresión y la carrera armamentística, especialmente con armas nucleares, y a todas las otras formas de violencia, de odio o de discriminación, especialmente el racismo.
Dodecálogo de Deberes del Periodista: Camilo José Cela
I. Decir lo que acontece, no lo que quisiera que aconteciese o lo que imagina que aconteció.
II. Decir la verdad anteponiéndola a cualquier otra consideración y recordando siempre que la mentira no es noticia y, aunque por tal fuere tomada, no es rentable.
III. Ser tan objetivo como un espejo plano; la manipulación y aun la mera visión especular y deliberadamente monstruosa de la imagen o la idea expresada con la palabra cabe no más que a la literatura y jamás al periodismo.
IV. Callar antes que deformar; el periodismo no es ni el carnaval, ni la cámara de los horrores, ni el museo de figuras de cera.
V. Ser independiente en su criterio y no entrar en el juego político inmediato.
VI. Aspirar al entendimiento intelectual y no al presentimiento visceral de los sucesos y las situaciones.
VII. Funcionar acorde con su empresa -quiere decirse con la línea editorial- ya que un diario ha de ser una unidad de conducta y de expresión y no una suma de parcialidades; en el supuesto de que la coincidencia de criterios fuera insalvable, ha de buscar trabajo en otro lugar ya que ni la traición (a sí mismo, fingiendo, o a la empresa, mintiendo), ni la conspiración, ni la sublevación, ni el golpe de estado son armas admisibles.
En cualquier caso, recuérdese que para exponer toda la baraja de posibles puntos de vista ya están las columnas y los artículos firmados. Y no quisiera seguir adelante -dicho sea al margen de los mandamientos- sin expresar mi dolor por el creciente olvido en el que, salvo excepciones de todos conocidas y por todos celebradas, están cayendo los artículos literarios y de pensamiento no político en el periodismo actual, español y no español.
VIII. Resistir toda suerte de presiones: morales, sociales, religiosas, políticas, familiares, económicas, sindicales, etc., incluidas las de la propia empresa. (Este mandamiento debe relacionarse y complementarse con el anterior)
IX. Recordar en todo momento que el periodista no es el eje de nada sino el eco de todo.
X. Huir de la voz propia y escribir siempre con la máxima sencillez y corrección posibles y un total respeto a la lengua.
XI. Conservar el más firme y honesto orgullo profesional a todo trance y, manteniendo siempre los debidos respetos, no inclinarse ante nadie.
XII. No ensayar la delación, ni dar pábulo a la murmuración ni ejercitar jamás la adulación: al delator se le paga con desprecio y con la calderilla del fondo de reptiles; al murmurador se le acaba cayendo la lengua, y al adulador se le premia con una cicatera y despectiva palmadita en la espalda.
I. Decir lo que acontece, no lo que quisiera que aconteciese o lo que imagina que aconteció.
II. Decir la verdad anteponiéndola a cualquier otra consideración y recordando siempre que la mentira no es noticia y, aunque por tal fuere tomada, no es rentable.
III. Ser tan objetivo como un espejo plano; la manipulación y aun la mera visión especular y deliberadamente monstruosa de la imagen o la idea expresada con la palabra cabe no más que a la literatura y jamás al periodismo.
IV. Callar antes que deformar; el periodismo no es ni el carnaval, ni la cámara de los horrores, ni el museo de figuras de cera.
V. Ser independiente en su criterio y no entrar en el juego político inmediato.
VI. Aspirar al entendimiento intelectual y no al presentimiento visceral de los sucesos y las situaciones.
VII. Funcionar acorde con su empresa -quiere decirse con la línea editorial- ya que un diario ha de ser una unidad de conducta y de expresión y no una suma de parcialidades; en el supuesto de que la coincidencia de criterios fuera insalvable, ha de buscar trabajo en otro lugar ya que ni la traición (a sí mismo, fingiendo, o a la empresa, mintiendo), ni la conspiración, ni la sublevación, ni el golpe de estado son armas admisibles.
En cualquier caso, recuérdese que para exponer toda la baraja de posibles puntos de vista ya están las columnas y los artículos firmados. Y no quisiera seguir adelante -dicho sea al margen de los mandamientos- sin expresar mi dolor por el creciente olvido en el que, salvo excepciones de todos conocidas y por todos celebradas, están cayendo los artículos literarios y de pensamiento no político en el periodismo actual, español y no español.
VIII. Resistir toda suerte de presiones: morales, sociales, religiosas, políticas, familiares, económicas, sindicales, etc., incluidas las de la propia empresa. (Este mandamiento debe relacionarse y complementarse con el anterior)
IX. Recordar en todo momento que el periodista no es el eje de nada sino el eco de todo.
X. Huir de la voz propia y escribir siempre con la máxima sencillez y corrección posibles y un total respeto a la lengua.
XI. Conservar el más firme y honesto orgullo profesional a todo trance y, manteniendo siempre los debidos respetos, no inclinarse ante nadie.
XII. No ensayar la delación, ni dar pábulo a la murmuración ni ejercitar jamás la adulación: al delator se le paga con desprecio y con la calderilla del fondo de reptiles; al murmurador se le acaba cayendo la lengua, y al adulador se le premia con una cicatera y despectiva palmadita en la espalda.
Código de Ética Profesional del Colegio de Periodistas del Perú
Capítulo I
Normas Generales
Art. 1.- Es obligación de los colegiados proceder en todos sus actos con honor, velando por la dignidad de las personas e instituciones y por su prestigio personal y decoro profesional.
Art. 2.- El Código de Ética Profesional obliga al periodista al ejercicio honesto de la profesión y le impone normas que debe cumplir en sus relaciones con la sociedad, con los colegas y con los medios de comunicación.
Art. 3.- El colegiado debe observar las normas de este Código de Ética Profesional. Las infracciones al mismo, por considerarse actos indignos, serán objeto de denuncia y sancionados de conformidad con el Estatuto.
Capítulo II
Actos contra la Profesión
Art. 4.- Son actos contrarios a la ética profesional:
• Aceptar cualquier clase de recompensa que comprometa informaciones u opiniones;
• Incurrir en delito doloso que conlleve condena judicial;
• Utilizar, intencional y voluntariamente, documentos falsos;
• Difundir intencionalmente noticias falsas;
• Deformar la verdad y adulterarla con la supresión de hechos esenciales a su conocimiento;
• Proporcionar información falsa, sin la seguridad previa de su veracidad o autenticidad, sea malintencionadamente o por negligencia; y
• Desnaturalizar la profesión periodística con representaciones y/o textos que atenten contra la moral pública, la dignidad de las personas e instituciones, los intereses nacionales y los símbolos de la Patria.
Capítulo III
Relaciones con los Colegas
Art. 5.- Son actos contrarios a la ética profesional:
• Plagiar en la información, no citando la fuente de la cual se reproduce la noticia o comentario;
• Tribuirse o adjudicarse ideas o documentos de los que no se es autor;
• Injuriar directa o indirectamente la reputación profesional o situación de otro periodista, así como denigrarle con ataques personales o atribuirle intereses o propósitos maliciosos;
• Desamparar a los periodistas que sufren persecución, exilio o carcelería por razón de sus ideas, así como permitir o contribuir a que se cometan injusticias con otros periodistas.
Capítulo IV
Relaciones con la Sociedad
Art. 6.- Son actos contrarios a la ética profesional:
• Atentar contra la libertad de pensamiento y expresión;
• Permitir que pasen inadvertidas las violaciones de los derechos humanos;
• Permitir que pasen inadvertidas las condiciones que sean peligrosas o constituyan una amenaza contra la vida y la salud;
• Violar el derecho a la intimidad de las personas;
• Atentar contra la protección que merece la familia, el niño y el joven; y
• No guardar el secreto profesional o utilizarlo en beneficio de terceros.
• Atentar contra la libertad de pensamiento y expresión;
• Permitir que pasen inadvertidas las violaciones de los derechos humanos;
• Permitir que pasen inadvertidas las condiciones que sean peligrosas o constituyan una amenaza contra la vida y la salud;
• Violar el derecho a la intimidad de las personas;
• Atentar contra la protección que merece la familia, el niño y el joven; y
• No guardar el secreto profesional o utilizarlo en beneficio de terceros.
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